Asociación Cooperadora de la Escuela de Arte «Liliana Grinberg»

Una Cooperadora Escolar es una asociación sin fines de lucro que suma voluntades de todas y todos sus participantes para fomentar, incentivar y articular distintas acciones que aporten a mejorar la calidad de la educación.

Sus integrantes, que pueden ser familias, ex estudiantes o cualquier otra persona de la comunidad educativa, otorgan su tiempo y compromiso para trabajar por el bienestar de niñas, niños, adolescentes y adultos.

A través de una cuota societaria o donaciones, la asociación realiza aportes que nos permiten el desarrollo de distintos proyectos. Una Asociación Cooperadora reconocida por la Dirección de Cooperación Escolar tiene la posibilidad de realizar distintos eventos, para acercarse a la comunidad educativa, como así también para recaudar fondos (ferias de platos, festivales, bono contribución, lotería familiar).

Puede colaborar en distintos proyectos educativos, aportar ideas y organizar jornadas de trabajo.

La Dirección de Cooperación Escolar es el organismo encargado de incentivar, crear y acompañar el pensamiento cooperador en las escuelas de la provincia de Buenos Aires, sabiendo de la sinergia que provoca la suma de voluntades de la comunidad educativa.

CONFORMACIÓN

PRESIDENTE: GUTIÉRREZ MATURANA, Rosa

SECRETARIA: ALCORTA, Natalia Judith

TESORERA: CASTRO, Violeta

VOCAL TITULAR I: (Vacante)

VOCAL TITULAR II: FERNÁNDEZ, Damián Javier

VOCAL TITULAR III: MAURE, Renata Ariana

VOCAL SUPLENTE I: ACUÑA, Olinda Cristina

VOCAL SUPLENTE II: REGALADO, Romina

DOCENTE REVISOR DE CUENTAS: LANTÍN, Daniel

REVISOR DE CUENTAS TITULAR: FRATTINI, Roberto

REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE: RAIGAL, María Lorena

ASESOR: SOTO, Ariel A.

 

¿QUERÉS SER UN SOCIO ACTIVO?


La Asamblea Anual Ordinaria de mayo de 2023 determinó que la cuota societaria se organizará en 10 cuotas desde de febrero a diciembre de $3.000 cada una.

 

Sumá tu aporte a través de los siguientes medios de pago: 

DATOS BANCARIOS
CBU: 0140304401659901190810
Tipo de cuenta: Cuenta corriente
Titular: Asociación Coop Escuela De Arte N 501
Banco: Banco de la Provincia de Buenos Aires
CUIT: 30667107128

MODO ONLINE

  • Realizá el pago de las cuotas societarias de la cooperadora a través de transferencia bancaria y enviá el comprobante mediante el siguiente formulario.

MODO PRESENCIAL

Inscripción presencial:

  • Realizá el pago de cada cuota de la Cooperadora de manera presencial acercándote a la escuela lunes a viernes de 8 a 22 h.
  • Enviar el comprobante (el cual te fue entregado) mediante el siguiente formulario.

Asamblea Anual Ordinaria 2024

El próximo viernes 31 de mayo se realizará la Asamblea Anual Ordinaria perteneciente al presente Ciclo Lectivo. En la Asamblea Anual Ordinaria se elegirán a las/os Socias/os Activas/os que han de ocupar los Cargos Titulares y Suplentes vacantes de la Comisión Directiva. Esta elección, según lo establece el Art. N°37 del Estatuto de Cooperadoras Escolares, se realizará por votación nominal, directa y pública. El voto será público (a mano alzada) y contados por la Comisión de Escrutinio que será elegida entre los Asambleístas. 

Orden del día de la Asamblea Anual Ordinaria

  • Designación de dos socios para firmar el acta.
  • Lectura del Acta de la Asamblea anterior.
  • Lectura del Informe de Revisiones de Cuenta sobre el Balance.
  • Lectura de la Memoria y consideración del balance.
  • Elección de autoridades de C. D. y Revisores de Cuentas.
  • Fijación de la cuota social.
  • Fijación del monto de caja chica.

¡Atención!

No podrá tratarse ningún asunto que se aparte del orden del día. La o el Presidente de Asamblea es quien concede la palabra a los socios presentes. 

Nadie puede hacerse representar en la Asamblea con lo cual solo puede postularse para ocupar un cargo la o el socio que se hallare presente. 

El Estatuto de Cooperadoras Escolares, en el Art. 26 determina que «en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias solo las y los Socios Activos con una antigüedad mínima, en ese carácter, de treinta días (30), tendrán derecho a voz y voto». Además, en el Art. 32 establece que: «En las Asambleas no podrá tratarse ningún asunto que se aparte del ORDEN DEL DÍA, salvo cuando se plantee la nulidad de la convocatoria». Y en el Art. 33 «ningún asambleísta hará uso de la palabra si no se la concede la o el Presidente quien acordará atendiendo el orden de los pedidos». 

Documentos para descargar